La reforma laboral en 2022 será uno de los temas estrella del nuevo año. El pasado 23 de diciembre por parte de Gobierno, Patronal y Sindicatos, supimos que entrará pronto en vigor con un periodo de entre 3 y 6 meses que se denomina «transitorio» con el propósito de adaptar los nuevos contratos al nuevo orden establecido.
La reforma laboral en 2022 ¿Qué cambios nos trae?
Viene con grandes novedades y cambios. En el tipo de contratos, unos nuevos que aparecen otros que desaparecen… una decidida persecución de fraudes en el ámbito laboral etc. Para mejor compresión de los lectores, explicaremos de manera aproximada las novedades que trae esta propuesta de la reforma laboral en 2022:
Unos contratos que desaparecen y otros que aparecen
La reforma laboral en 2022 nos dejará nuevos contratos, o bien ya conocidos que se matizan:
- Contrato estructural
- Contrato formativo
Y supondrá también una mayor relevancia de los contratos indefinidos.
La reforma laboral prevista para 2022, también supondrá decir adiós al contrato por obra y servicios
El Contrato estructural
Este tipo de contrato solo podrá formalizarse por circunstancias de la producción y por sustitución de otro empleado que mantendrá reservado su puesto de trabajo.
Es un contrato de circunstancias, que podrá invocarse solo ante incrementos ocasionales imprevisibles de la producción. Su duración será de máximo de 6 meses, ampliable a 12 meses por convenio colectivo.
Para el caso de incrementos previsibles por ejemplo una fábrica de turrones en Navidad, puede utilizarse esta figura contractual con un máximo de 90 días no consecutivos por año.
Si durante un periodo de 24 meses, el trabajador encadena 18 meses con contratos estructurales, logrará la condición de indefinido.
Contratos de formación
Sufren una importante pérdida de protagonismo dado que la reforma fomenta más el contrato fijo-discontinuo como consecuencia de la desaparición del contrato por obra y servicio.
Fraude en la contratación
El fraude en la contratación sufre una mayor carga penal a partir de esta reforma. La empresa sancionada por fraude en la contratación, será sancionada por cada fraude que comete. Eso ya es un cambio significativo, ya que no habrá una sanción por empresa sino una sanción por fraude. Una empresa que cometa cinco fraudes será sancionada 5 veces y no una como hasta ahora.
Desincentivación de los contratos de corta duración
En el ánimo de desincentivar la contratación de corta duración, los contratos de corta duración sufrirán una cotización menos ventajosa que hasta la fecha.
Convenios colectivos
El Convenio del sector recuperará la prevalencia sobre el convenio de la empresa cuando nos referimos a las condiciones retributivas. Con la reforma vuelve también la utraactividad indefinida.
Despidos y modificaciones de las condiciones de trabajo
Lo que sí se mantiene inalterada es la actual regulación en materia de despido. Ocurre del mismo modo cuando se dé la modificación de las condiciones de trabajo. La mayor flexibilización de los ERTEs es otro episodio que merece comentario.
Conclusiones
La reforma laboral no puede ser abordada de forma resumida. Sirva lo anterior como lectura de los highlights que nos aporta, pero quedamos a tu entera disposición para cuantas dudas quieras resolver al hilo de esta novedad legislativa, tanto si eres empresa como si eres trabajador.