Necesito asesoramiento en ley de segunda oportunidad

Especialistas en ley de segunda oportunidad en Madrid

Tal vez has llegado a esta página tras haber puesto en Google necesito asesoramiento en ley de segunda oportunidad.  Si este es tu caso estás en el lugar indicado. En Mialdea y Asociados  estamos especializados en ley de segunda oportunidad en Madrid. En esta página vamos a brindarte toda la información que necesitas para conocer cómo funciona este procedimiento.  Es una herramienta jurídica por la que podemos llegar a obtener incluso la cancelación de nuestras deudas.

Si eres particular o autónomo (persona física)  y debido a diversas circunstancias no puedes hacer frente a tus compromisos de pago contraídos la ley de segunda oportunidad es la alternativa que estás buscando y en este despacho podemos ayudarte a quedar exonerado/a  de tus deudas.

Necesito asesoramiento en ley de segunda oportunidad

Es un mecanismo legal, que llegó al ordenamiento jurídico español para ayudar a eliminar las deudas, a aquellas personas deudoras de buena fe, es decir: que se han visto sobrepasadas por acontecimientos inesperados e incontrolables que les han sumido en la insolvencia. 

Esta condición de la buena fe es imprescindible para poder acogerse al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho, o lo que es lo mismo de las deudas, tal y como establece la propia ley.

La condición de la buena fe es imprescindible para poder acogerse al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho, o lo que es lo mismo de las deudas, tal y como establece la propia ley.

Dudas resueltas sobre ley de segunda oportunidad

¿Qué significa ser deudor de buena fe en la Ley de segunda oportunidad?

Para explicártelo de una manera muy sencilla,  ser deudor de buena fe significa que esta persona no está haciendo frente a sus obligaciones de pago,  no de manera caprichosa o buscando ventajas,  sino que no paga porque no puede hacerlo aun queriendo. Por lo tanto, también podremos decir ¿quiénes actúan de mala fe? Aquellas personas que buscan una solución ventajista ante sus acreedores.  Para ellos no es el mecanismo de ley de segunda oportunidad.

¿Quién puede acogerse a un procedimiento de ley de segunda oportunidad en España?

La ley de segunda oportunidad se conoce en el argot como el concurso de acreedores de las Personas Físicas. Y no está mal traída la comparación.  Si el concurso de acreedores tiene por objeto reflotar la empresa,  la ley de segunda oportunidad está inspirada por el mismo principio pero aplicada a personas físicas. 

Por consiguiente, pueden acogerse a la ley de segunda oportunidad los particulares y autónomos que sean insolventes. Por insolventes entendemos que no sean capaces de hacer frente a sus obligaciones de pago.

Habrá que demostrar que se actuó de manera diligente y ni aun así se pudo hacer frente al compromiso de pago. En definitiva, al juez le tiene  que quedar claro que no pagamos porque no podemos y no porque no queremos.

¿Existe la ley de segunda oportunidad para exonerarnos de las deudas?

Sí.  La ley de segunda oportunidad es real y existe en España desde su incorporación a nuestro ordenamiento jurídico en el año 2015. Esto se hizo a través del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

Para que te quedes totalmente tranquilo/a  al respecto de lo que te decimos, puedes descargar el texto legal completo en este enlace.

¿En qué consiste la ley de segunda oportunidad? ¿Es una novedad?

La ley de segunda oportunidad es una herramienta puesta en marcha por el legislador en el año 2015 como ya hemos dicho tratando de responder a las consecuencias de una profunda crisis económica, laboral y financiera. Se trata de un procedimiento muy habitual en otros países de nuestro alrededor  y que, sin embargo, es relativamente nuevo en el acervo español y de ahí que muchas personas todavía duden acerca de la realidad de este promisorio mecanismo exoneración de deuda.

Apunta a todo tipo de deudas,  tanto si son deudas de consumo como deudas de empresa (para el caso de los autónomos).  Cuando se es deudor de buena fe y puede probarse que la insolvencia proviene de acontecimientos inesperados e inevitables (como por ejemplo tener el negocio dos meses cerrado durante el confinamiento por la pandemia de coronavirus, o para el caso de trabajadores por cuenta ajena la pérdida del empleo)  el mecanismo de ley de segunda oportunidad es de plena aplicación. 

Los acreedores cuyos créditos se extingan por medio del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, no podrán iniciar ningún tipo de acción frente al deudor para el cobro de los mismos salvo que en un plazo de cinco años desde la concesión pidan la revocación de dicha exoneración por entender que el deudor ocultó bienes durante la tramitación de su concurso.

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Nos encanta saber de ti. Queremos escuchar tus problemas y resolver tus dudas.

Para ello, te invitamos a comunicar con nuestro despacho y trasladarnos tus dudas.

Estaremos encantados de orientarte e indicarte tus probabilidades y la mejor estrategia.

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Requisitos para acogerse a la ley de segunda oportunidad

Como ya hemos explicado la ley de segunda oportunidad no viene a ser un chollo para que cualquier persona eluda sus obligaciones de pago para con sus acreedores. De hecho,  para poder acogernos al procedimiento de segunda oportunidad deberemos cumplir con una serie de requisitos que establece la propia norma. Si consultas con nuestros especialistas, te diremos si eres apto/a para iniciar ese procedimiento.

Se trata de unos requisitos en los que encaja casi cualquier ciudadano. Difícilmente si eres deudor de buena fe habrá un requisito que impida dar paso al procedimiento.

✅ DEUDA INFERIOR A 5 MILLONES DE EUROS

✅ NO PUEDES HABER SIDO CONDENADO EN SENTENCIA FIRME POR DELITOS SOCIOECONÓMICOS (HURTOS, ROBOS, ESTAFAS, FALSEDAD DOCUMENTAL…)

✅ NO PUEDES HABER SIDO CONDENADO POR DELITOS CONTRA LE SEGURIDAD SOCIAL Y HACIENDA O CONTRA LOS TRABAJADORES EN LOS DIEZ AÑOS ANTERIORES A LA SOLICITUD DEL PROCEDIMIENTO.

 

Existen algunos más, que como decimos, no serán un obstáculo para la consecución de tu objetivo. Si tienes dudas puedes preguntarnos:

 

Expertos en ley de segunda oportunidad en Madrid

La ley de segunda oportunidad requiere del trabajo de abogados altamente especializados en esta materia. Si tenemos en cuenta el matiz de lo que nos estamos jugando parece conveniente apostar por profesionales que sepan desenvolverse no en un carácter general sino en cualquier pormenor que se pueda presentar y que pudiera dar al traste con la cancelación de nuestras deudas.

En lo que a cancelación de deuda se refiere busca siempre al especialista.  Se requiere un conocimiento teórico y práctico muy profundo del propio mecanismo de segunda oportunidad y de la Ley Concursal en su más amplio sentido de la palabra.  En Mialdea y asociados somos el especialista que necesitas

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NECESITO ASESORAMIENTO EN LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PORQUE LOS ACREEDORES ME ACOSAN DÍA Y NOCHE

El cuidado emocional de nuestros clientes es una parte esencial de nuestro trabajo. Por supuesto también cuando abordamos casos de segunda oportunidad.  Los clientes que acuden a nuestro despacho buscando asesoramiento en ley de segunda oportunidad en Madrid,  sufren en muchas ocasiones el acoso de los acreedores.  Llamadas a horas intempestivas,  llamadas a familiares o a compañeros de trabajo,   advertencias que se parecen mucho a amenazas veladas…

Un calvario que resulta muy  estresante para las personas que pueden acogerse a la ley de segunda oportunidad,  recordemos personas de buena fe que se ven en una situación contra la que nada pueden hacer y que desde luego es ajena a su gusto y su voluntad.

A todas estas personas les decimos: en el momento en que iniciamos en su nombre un procedimiento de ley de segunda oportunidad las llamadas y el acoso de los acreedores cesarán de inmediato. A partir de ese momento los acreedores deberán dirigirse al juzgado como exige el procedimiento y nunca al articular, es decir, nuestro cliente.

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