Los Contratos de Obra y Servicio en la Reforma Laboral mantienen una relación simple: desaparecen. Este artículo que se plantea en vísperas de ser anunciada la reforma laboral, viene a exponer este importante detalle de renovación en el seno de nuestro ordenamiento laboral. Un cambio sustancial de lo que veníamos conociendo hasta la fecha en materia de contratos.
A raíz de esta Reforma Laboral, estamos teniendo de manera reiterada entre nuestros clientes la consulta de muchos empresarios a los que surge la duda de qué ocurre con los Contratos por Obra o Servicio determinado a partir de ahora. Concretamente, quieren saber si se pueden o no seguir haciendo. Para todos, vamos a resolverla.
Los Contratos de Obra y Servicio en la Reforma Laboral: Contratos ya firmados y por firmar
Qué pasa con los contratos que ya tengo firmados por obra y servicio determinado. Qué pasa con los contratos de este tipo que tengo encima de la mesa pendientes de firma.
Los que tengas firmados antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, que se está fechando hasta el día 30 de diciembre mantienen la duración y la normativa que veníamos teniendo. Esa fecha de fin de año tómala como la frontera que marca el cambio de un sistema al nuevo.
¿Se pueden firmar nuevos contratos por obra o servicio determinado a partir de 2022?
Sí. Desde el 1 de enero hasta el 30 de marzo de 2022 puedes firmar nuevos contratos por obra o servicio determinado. Hasta esa fecha de corte es válido pero con un periodo de duración máximo de seis meses.
Todavía se podrían hacer este tipo de contratos durante los 3 primeros meses del año y por duración de no más de 6 meses. Más allá de septiembre, no tendrán vigencia contratos de obra o servicio determinado a no ser que por duración, provengan del régimen anterior a Nochevieja de 2021.
Huelga decir que estamos hablando de un marco ideal de contratos por obra o servicio determinados que cumplan con los exigibles a este tipo de relación contractual. No valdrían aquí apaños de algún estilo que no se sostengan frente a una inspección laboral.
La reforma laboral prevista para 2022
La reforma laboral del nuevo año está sujeta a numerosos análisis de los expertos. Alegaciones, propuestas de mejora y disconformidades se unen de la mano en todo cambio legislativo del calado y profundidad que siempre representa una reforma laboral. No es el objetivo de este canal pormenorizar en estas cuestiones de tipo técnico jurídico, sino informar de una manera práctica y asequible a nuestros lectores y clientes, no necesariamente juristas.
A tenor de lo mencionado, conviene recalcar que no es descartable matizar a futuro alguno de los preceptos recogidos en este apartado por cuanto la reforma está sujeta al posterior desarrollo normativo y el desarrollo reglamentario que como es natural, habrá de venir en los meses próximos a esta entrada en vigor.
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